El aspirante deberá realizar todas las pruebas de reconocimiento médico. Las pruebas deberán efectuarse según el cuadro médico de exclusiones exigible para el ingreso en los centros de formación, e incluye la prueba de personalidad.
La calificación del reconocimiento médico será de «Apto», «No Apto» o «No Apto Permanente en la presente convocatoria». Serán calificados como « No Apto » los aspirantes que hubiesen tenido relación con las Fuerzas Armadas y mediante Resolución administrativa adoptada en un plazo de 5 años anteriores y en el año de la presente convocatoria, les haya sido declarada la insuficiencia de condiciones psicofísicas, así como los que en un plazo de 3 años les haya sido declarada la utilidad con limitación para ocupar determinados destinos.
Los que resulten «No Apto» o «No Apto Permanente» causarán baja en el proceso de selección, siéndole notificada dicha calificación por el Gestor del Área de Reclutamiento donde lo haya realizado.
La calificación de «No Apto» o «No Apto Permanente» podrá ser revisada a instancia del interesado, mediante solicitud dirigida al Presidente de la Comisión Permanente de Selección en el plazo máximo de tres días a partir del siguiente al de comunicación de la citada calificación. Dicha solicitud se cursará preferentemente en el mismo Centro de Selección o a través de la Secretaría General, Área de Reclutamiento u Órgano de Apoyo de la Delegación o Subdelegación de Defensa de la provincia de residencia del interesado.
El resultado médico, que será definitivo, motivará la resolución del Presidente de la Comisión Permanente de Selección, acto administrativo que será notificado al interesado. Los que resulten «Apto», serán citados nuevamente, por la Secretaría General, Área de Reclutamiento u Órgano de Apoyo de la Delegación o Subdelegación de Defensa de su provincia de residencia, al Centro de Selección correspondiente para finalizar el proceso de selección. En caso de resultar Apto en las pruebas de aptitud física, los efectos que ello conlleve siempre verterán en el Ciclo de Selección en el que fue calificado «No Apto» o «No Apto Permanente».
Los solicitantes calificados como «Apto» en el reconocimiento médico efectuado dentro del desarrollo del proceso del Ciclo de Selección número 1 y soliciten participar en el Ciclo de Selección número 2, sólo conformarán el cuestionario de salud correspondiente, la analítica de orina con detección de tóxicos y, en su caso, el test de embarazo. En caso de existir discrepancia entre los cuestionarios de salud, o siempre que el médico del Centro de Selección lo considere conveniente, los solicitantes referidos deberán someterse al reconocimiento médico en su totalidad.
Cuadro médico de exclusiones (altura, peso, tatuajes...)
Los calificados «Apto» en el reconocimiento médico deberán superar las pruebas de aptitud física que se determinan. Durante la realización de las mismas, el médico deberá estar presente en el Centro de Selección.
La calificación de las pruebas de aptitud física será de «Apto», en uno de los niveles establecidos en el citado apéndice, o «No Apto». Si en alguna de las plazas que obran en la solicitud final realizada no se alcanza el nivel de aptitud física exigido, quedará anulada a todos los efectos y se mantendrá inalterado el orden de preferencia establecido en la notificación del resultado de la Fase primera.
Los que resulten «No Apto», causarán baja en el proceso de selección, siéndole notificada dicha calificación por el Gestor del Área de Reclutamiento donde hayan realizado las pruebas de aptitud física.
Pruebas físicas de reclutamiento
Las solicitantes que no pudieran realizar las pruebas de aptitud física por embarazo, parto o posparto, debidamente acreditado mediante la oportuna certificación, realizarán el resto del proceso de selección, quedando la plaza, que en su caso obtuviera, condicionada a la superación de las pruebas de aptitud física.
A tales efectos, la interesada podrá solicitar la realización de las pruebas, mediante instancia dirigida al Presidente de la Comisión Permanente de Selección, en algún Ciclo de Selección de los que se realicen en el plazo de dos años a contar desde la fecha de la prueba o pruebas no realizadas. Dicha solicitud se tramitará a través la Secretaría General, Área de Reclutamiento u Órgano de Apoyo de la Delegación o Subdelegación de Defensa de su provincia de residencia. Previamente se llevará a cabo, en el Centro de Selección correspondiente, un reconocimiento médico para acreditar que está en condiciones de realizarlas. Resuelta la solicitud, si no realizara o no superara las pruebas pendientes, cualquiera que sea la causa, perderá todo derecho y expectativa a la plaza condicionada. De optar la aspirante por la realización de las pruebas aplazadas en Ciclo de Selección de convocatoria diferente, no le serán de aplicación los requisitos específicos de edad, aunque deberá mantener hasta la fecha de incorporación al centro de formación las restantes condiciones generales establecidas en la convocatoria inicial.
Si, como consecuencia de los resultados obtenidos en el reconocimiento médico y en las pruebas de aptitud física, el número de aspirantes seleccionados fuera insuficiente para cubrir el de plazas ofertadas, la Comisión Permanente de Selección, tras una valoración previa del proceso de selección y de las preferencias manifestadas por los aspirantes, podrá requerir, por riguroso orden de prelación conforme a la puntuación final obtenida, a los que considere suficientes para garantizar la cobertura de las plazas que se oferten en cada uno de los dos Ciclos de Selección.
Para ser calificado apto en alguno de los niveles que se determinan, los aspirantes a un empleo en el ejército deberán alcanzar las marcas mínimas exigidas para cada una de las pruebas de admisión de las Fuerzas Armadas.
Hay miles de puestos de trabajo en el ejército. Si quieres ser militar, hay seguro un empleo para tus habilidades.
Descubre las pruebas físicas para ingresar en el Ejército. Las pruebas físicas para superar el reclutamiento.